¿Te compensa la tasación pericial contradictoria?
Si Hacienda ha comprobado un valor más alto que el tuyo, puedes enfrentarlo con tu propio perito. Calcula cuánto te ahorrarías después de pagar los honorarios.
Cargando la calculadora…
Qué es la tasación pericial contradictoria
Es la forma de discutir el valor que fija Hacienda en una comprobación de valores enfrentándolo con el de un perito tuyo (artículo 135 de la Ley General Tributaria). Se pide en el plazo del primer recurso o reclamación contra la liquidación, o reservando ese derecho, y suspende la liquidación mientras se resuelve.
Cómo funciona
- Tú nombras a tu perito, que valora el inmueble.
- Si la diferencia con el perito de la Administración es de 120.000 € o menos y del 10 % o menos de la tasación de tu perito, vale la de tu perito.
- Si es mayor, decide un perito tercero elegido por sorteo de las listas de los colegios profesionales. Su valor sirve de base, sin bajar de lo que declaraste ni subir de lo que comprobó Hacienda.
Quién paga a los peritos
Los honorarios de tu perito los pagas tú. Los del tercero los pagas tú si su valor se aleja más de un 20 % del valor que declaraste; si no, los paga la Administración. El tercero puede pedir un depósito previo.
Cuándo no se puede usar
Desde 2022, en el ITP y en Sucesiones y Donaciones de viviendas la base mínima es el valor de referencia del Catastro. Si Hacienda solo aplica ese valor, no hay comprobación de valores y no cabe la tasación pericial contradictoria: se reclama con la rectificación de la autoliquidación o un recurso. Para eso tienes la calculadora del valor de referencia.
Sí sigue para inmuebles sin valor de referencia, para otros bienes y cuando Hacienda comprueba con otros medios. Más en la guía de comprobación de valores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vale directamente la tasación de mi perito?
Cuando la diferencia con el perito de la Administración, en valor absoluto, es igual o inferior a 120.000 € y al 10 % de la tasación de tu perito (artículo 135 de la Ley General Tributaria).
¿Quién paga al perito tercero?
Tú, si su valoración se aleja más de un 20 % del valor que declaraste. Si no, la Administración. Los honorarios de tu perito siempre los pagas tú.
¿Qué plazo hay para pedir la tasación pericial contradictoria?
El del primer recurso o reclamación contra la liquidación (en general, un mes desde la notificación). También puedes reservarte el derecho a pedirla al recurrir, si alegas defectos de motivación.
¿Puedo pedirla contra el valor de referencia?
No. Si la base es el valor de referencia del Catastro no hay comprobación de valores. Se reclama con la rectificación de la autoliquidación o el recurso de reposición, con informe del Catastro.
¿Cuánto cobra un perito por una tasación contradictoria?
Los honorarios son libres. Dependen del inmueble y del trabajo; pide presupuesto cerrado y compáralo con el ahorro que calcula esta herramienta.
Fuentes
- Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 135 (BOE)
- Artículo 135 LGT comentado (SuperContable)
- Honorarios del tercer perito: pagar o no pagar