Del Registro Público al RUN
Durante décadas, los registros de inmuebles los llevó la Dirección General de los Registros Públicos (DGRP) del Poder Judicial. Eso cambió con la Ley N.º 7424/2025, que crea el Sistema Nacional Unificado Registral y Catastral y el Registro Unificado Nacional (RUN).
Según el Poder Judicial, el RUN es un órgano técnico y administrativo que depende de la Corte Suprema de Justicia. Gestiona el catastro nacional y los registros públicos de bienes inmuebles, e integra:
- La Dirección General de los Registros Públicos del Poder Judicial.
- La Dirección de Catastro del Ministerio de Economía y Finanzas.
- El Departamento de Mensura y Geodesia del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
El RUN funciona en todo el país desde el 14 de enero de 2026. Entre sus fines está resolver la superposición de títulos sobre un mismo inmueble y evitar que haya que hacer trámites en varias oficinas.
Verás todavía muchos documentos, contratos y leyes que hablan de «Registros Públicos» o de la DGRP. Es normal: son los mismos registros, que hoy gestiona el RUN, y es allí donde se piden los informes.
Qué informes y certificados existen
Los trámites se piden por SIGRE, el Sistema de Gestión Registral (sigre.run.gov.py). Según el Poder Judicial, entre sus servicios están:
| Trámite | Para qué sirve |
|---|---|
| Informe Registral Inmobiliario | Situación registral del inmueble |
| Certificado Catastro Registral Inmobiliario | Certificación catastral y registral del inmueble |
| Informe Catastral Inmobiliario | Datos catastrales del inmueble |
| Informe de Avalúo Fiscal | Valor fiscal del inmueble |
| Certificado e Informe de Anotaciones Personales | Medidas judiciales sobre una persona |
| Certificado e Informe de Quiebras y Convocatoria de Acreedores | Concursos y quiebras de una persona |
El nombre clásico «informe de condiciones de dominio» sigue en uso. El boletín del RUN habla de «Informe de Condición de Dominio de Inmuebles», y el instructivo de SIGRE agrupa estos pedidos bajo el servicio «Condición de Inmuebles».
Informe y certificado no son lo mismo. El Poder Judicial lo explica así para las anotaciones personales, por analogía con los registros inmobiliarios: el certificado se expide solo a escribanos, para escrituras que constituyen, transmiten o modifican derechos reales; el informe lo pueden pedir más personas y sirve para conocer la situación registral.
Quién puede pedirlos y cómo
SIGRE solo pueden usarlo auxiliares de justicia habilitados por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia. Según el instructivo:
- Los informes registrales los pueden pedir abogados y escribanos.
- Los certificados, solo escribanos.
El procedimiento es parecido en todos los casos:
- Liquidación previa. Se paga una liquidación en el Portal de Ingresos Judiciales con el concepto exacto del trámite.
- Datos del propietario. Tipo y número de documento (o nombre, apellido y país). Si hay varios titulares, se agregan todos.
- Datos del inmueble. Número y folio de inscripción, identificador registral (finca o matrícula), distrito, cuenta corriente catastral o padrón y, si corresponde, fracción, manzana y lote.
- Envío y descarga. Al enviar, el sistema da un número de entrada y un comprobante en PDF. El documento final se descarga en digital cuando termina la calificación registral, y se puede validar con su número de entrada y código o con el QR.
El certificado web tiene límites. Según el instructivo, la propiedad horizontal solo está disponible como informe, y el certificado vía web aplica a inmuebles simples resultantes de loteamiento y de matriculación masiva, no a restos de superficie. Para el Certificado Catastro Registral Inmobiliario, en esta primera etapa la cuenta catastral debe estar activa y con gráfico en el mapa catastral; si no, se pide en papel en las oficinas del RUN.
Si eres tasador o particular y no eres abogado ni escribano, lo habitual es pedirlo por medio del escribano o abogado de la operación.
Cómo leer un informe registral
Cuando tengas el informe delante, revisa punto por punto:
- Identificación. Finca o matrícula, distrito y datos de inscripción. Que coincidan con el título y con el encargo.
- Titulares. Nombre y documento de cada titular y su parte, si hay condominio. Compara con quien te hace el encargo o con quien vende.
- Medidas, linderos y superficie. Compáralos con el plano y con la cuenta catastral. Si no cuadran, anótalo.
- Gravámenes. Hipotecas y otros derechos reales a favor de terceros.
- Medidas judiciales. Embargos, litis u otras anotaciones que limitan disponer del bien.
- Notas marginales. Pueden recoger, por ejemplo, la resolución municipal que aprueba un loteamiento, que la Ley Orgánica Municipal (art. 250) manda inscribir como nota marginal en el registro de la finca cuando los lotes se venden a plazos.
- Fecha. El informe refleja la situación al día en que se expide. Si pasa tiempo, pide uno nuevo.
Completa con un informe de anotaciones personales del titular. Según el Poder Judicial, ese registro da publicidad a las medidas judiciales que restringen la libre disposición de los bienes de una persona. Puede que el inmueble esté limpio y el dueño no pueda vender.
Por qué le importa al tasador
El informe registral no cambia el estado físico del inmueble, pero sí lo que se puede hacer con él. En tu trabajo:
- Confirma que tasas el inmueble correcto. Cruza finca o matrícula, cuenta catastral, plano y lo que ves en la visita.
- Separa valor y cargas. Lo habitual es tasar el inmueble libre de cargas y dejar las cargas registrales anotadas como información relevante, salvo que el encargo pida otra cosa. Dilo en el informe.
- Avisa de los problemas de titularidad. Titulares que no coinciden, condominios, sucesiones sin inscribir o superposiciones son condicionantes que el cliente debe conocer.
- Anota la fuente y la fecha. Indica qué informe usaste, su número de entrada y su fecha.
Si quieres profundizar en cómo afectan las cargas al valor, tenemos una guía aparte sobre cargas registrales.
Cómo te ayuda Halko
En Paraguay, Halko consulta el Servicio Nacional de Catastro a partir de la cuenta catastral y trabaja en guaraníes. Además, con Proyectos puedes trabajar loteamientos y parcelas sobre el mapa.
Preguntas frecuentes
¿Dónde se pide hoy un informe de condiciones de dominio en Paraguay?
En el Registro Unificado Nacional (RUN), que desde enero de 2026 integra a la antigua Dirección General de los Registros Públicos. Se tramita en línea por SIGRE.
¿Puede un particular pedir el informe por internet?
SIGRE solo lo usan auxiliares de justicia habilitados: los informes, abogados y escribanos; los certificados, solo escribanos. Un particular lo pide por medio de uno de ellos.
¿Qué diferencia hay entre informe y certificado registral?
Según el Poder Judicial, el certificado se expide solo a escribanos para escrituras sobre derechos reales; el informe lo piden más personas y sirve para conocer la situación registral.
¿Qué datos necesito para pedir el informe?
Los datos del titular y del inmueble: finca o matrícula, número y folio de inscripción, distrito y cuenta corriente catastral o padrón, entre otros.
Fuentes
- Poder Judicial: Sistema Nacional Unificado Registral y Catastral y el RUN
- Poder Judicial: entra en funcionamiento el Registro Unificado Nacional
- Poder Judicial: Sistema de Gestión Registral (SIGRE)
- Poder Judicial: Instructivo SIGRE (informes y certificados)
- Poder Judicial: Instructivo SIGRE del Certificado Catastro Registral Inmobiliario
- RUN: Boletín N.º 01, a un mes de su implementación
- Poder Judicial: certificados de anotaciones personales, interdicción y quiebras
- BACN: Ley N.º 5346/2014 (art. 250: inscripción de loteamientos como nota marginal)